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¿Qué impuesto paga el vendedor de una casa?

Conocer el impuesto que está detrás de la venta de una casa o departamento, te ayudará a planificar los gastos que la operación de compraventa requerirá, evitando sorpresas financieras al tener considerada esta obligación fiscal. A continuación, te explicamos de manera sencilla que impuesto paga el vendedor de una casa en México.

¡Sigue leyendo, porque puedes exentarlo!

¿Qué impuesto paga el vendedor de una casa? - Crédito Para Ti

Impuesto sobre la renta (ISR).

Este impuesto se paga por la enajenación de inmuebles y considera la utilidad que genera la transacción.

Por ejemplo:  si hace 10 años compraste una casa en un cierto precio y hoy la quieres vender, en el momento que la estás enajenando, por el trascurso del tiempo, venderás esa casa a un costo mayor y a ello se le llama plusvalía.

¡La casa habrá generado una plusvalía!

La plusvalía es la diferencia entre el precio de venta actual y el costo de adquisición de hace 10 años, para la autoridad fiscal en este caso el SAT (Servicio de Administración Tributaria) es considerada como una ganancia del contribuyente y dicha utilidad genera el impuesto sobre de la renta por enajenación.

“La enajenación es la acción de transmitir un bien inmueble o un derecho a otra persona, de manera onerosa o lucrativa.”

– nocnok.com

Para calcular el Impuesto sobre la renta por enajenación, ese debe acudir con un notario público, quien además de brindarte asesoría respecto a la venta de tu inmueble, también te ayudará a calcular los gastos que se generen.

Te puede interesar: ¿Cuál es el impuesto que paga el comprador de una casa?

¿Es posible exentar el pago del ISR?

¡Sí, esto es posible!
Hay algunos escenarios donde es posible exentar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) en la venta de propiedades habitacionales, pero deben cumplirse ciertos requisitos:

  • Que el vendedor sea persona física.
  • Que el vendedor no haya vendido otro inmueble durante los tres años anteriores a la fecha de venta actual del inmueble.
  • Que el inmueble en cuestión sea la actual residencia del vendedor, lo cual se comprueba presentando recibo de luz, teléfono, identificación oficial vigente a nombre del vendedor y con la dirección del inmueble en cuestión, habiendo vivido ahí los últimos 6 meses.
  • Si dicho inmueble tiene un valor menor a 700 mil UDIs (Unidades de Inversión) equivalente a 5 millones 705 mil 256 pesos según consulta de mayo de 2024, sin embargó el cálculo dependerá del valor de la UDI al momento de la venta.

Nota:  el beneficio de exentar el pago del Impuesto sobre la renta por enajenación solo puede realizarse cada 3 años.

¡Dato importante!

Si el inmueble a vender excede el valor límite de UDIS o por alguna razón no es posible exentar el pago del impuesto por la venta, se podrán utilizar otros deducibles con la finalidad de bajar la cantidad a pagar.

Te recomendamos consultar con un notario para obtener información específica y actualizada sobre tu situación particular.

¡Mucho éxito en tu venta!

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